TSJ Rechaza Recusación de Enrique Márquez contra la Presidenta de la Sala Electoral Caryslia Rodríguez
El Tribunal Supremo de Justicia Declara Inadmisible la Solicitud de Recusación por Ser “Extemporánea” en el Caso Electoral
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha declarado “inadmisible” la recusación presentada por Enrique Márquez contra Caryslia Rodríguez, presidenta de la Sala Electoral del TSJ. La decisión fue tomada el pasado 20 de agosto y se basa en el carácter “extemporáneo” de la solicitud, según la sentencia número AVP-001 del expediente 2024-000034.
Enrique Márquez, excandidato presidencial postulado por el partido Centrados en la Gente para las elecciones del 28 de julio de 2024, había solicitado la recusación de Rodríguez debido a su presunta falta de imparcialidad. Márquez argumentó que la presidenta de la Sala Electoral, debido a su afiliación pasada con el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), no podría garantizar una revisión justa del recurso contencioso electoral interpuesto por Nicolás Maduro para “esclarecer” los resultados de las presidenciales.
El TSJ, con la ponencia de Fanny Beatriz Márquez Cordero, alegó que la recusación fue presentada fuera del plazo establecido para tales solicitudes. Según la normativa, este tipo de solicitudes deben ser interpuestas en un tiempo oportuno para que puedan ser evaluadas adecuadamente.
Márquez había argumentado que la afiliación política de Rodríguez, quien fue concejal y estuvo activamente vinculada al Psuv, comprometía su capacidad de llevar a cabo un juicio imparcial en el caso electoral. “La presidenta de la sala tiene una afiliación política con el Psuv y su activismo reciente pone en duda su idoneidad para participar en este proceso judicial”, expresó Márquez a los medios de comunicación.
A pesar de los alegatos de Márquez, la solicitud fue desestimada poco después de que el TSJ emitiera su sentencia definitiva, la cual respaldó los resultados de las elecciones presidenciales del 28 de julio, donde Nicolás Maduro fue declarado ganador. Esta decisión marca un punto crucial en el proceso electoral, y la inadmisibilidad de la recusación por parte del TSJ refuerza la postura oficial en cuanto a la legitimidad de los resultados.
La decisión del TSJ refleja un cumplimiento estricto de los plazos y procedimientos legales establecidos, subrayando la importancia de la temporalidad en la presentación de recusaciones dentro del sistema judicial venezolano. La resolución de este caso ha generado una serie de reacciones tanto en el ámbito político como en el judicial, destacando la complejidad del proceso electoral y la supervisión judicial en Venezuela.
El rechazo de la recusación de Enrique Márquez no solo marca un hito en el proceso judicial actual, sino que también plantea preguntas sobre la imparcialidad de los actores judiciales en contextos políticos altamente cargados. La comunidad política y el público en general continúan observando de cerca el desarrollo de los eventos relacionados con el proceso electoral y las decisiones judiciales que afectan su curso.
AGENCIAS / pedroluisgimenezserrada@gmail.com / CNP: 21337